Gonzalo Pueyo Abogados de familia matrimonio civil

Requisitos matrimonio civil

El matrimonio tiene los mismos requisitos y efectos para los cónyuges del mismo o distinto sexo. Los requisitos los dividimos en:


-El consentimiento. Es primordial y se relaciona con la promesa de matrimonio. Si no hay consentimiento el matrimonio no existe.

Edad o capacidad. No pueden contraer matrimonio los menores de edad no emancipados, los menores emancipados por cualquier causa y el mayor de 16 años con consentimiento de sus padres hagan vida independiente porque se le considera como emancipado para todos los efectos. También pueden contraer matrimonio los menores de edad no emancipados que habiendo cumplido 14 años hayan obtenido dispensa del impedimento de edad.

Vínculo matrimonial subsistente. No pueden contraer matrimonio los que estén ligados con vínculo matrimonial previo, no admitiéndose la bigamia.

Parentesco. No pueden contraerlo entre si los parientes en línea recta por consaguinidad o por adopción y los colaterales por consaguinidad hasta el tercer grado.

-Los condenados como autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge de cualquiera de ellos no pueden contraerlo.

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