Gonzalo Pueyo Abogados de familia dados

¿Qué es la curatela?

Como la figura de la tutela (ya explicada en nuestro anterior post) la curatela es una institución jurídica que busca la función de salvaguardar los intereses de las personas que tienen limitación en sus capacidades de obrar por alguna circunstancia.


Las personas sometidas a curatela son:


  • Los emancipados cuyos padres han muerto o están incapacitados
  • Aquellos que han obtenido el beneficio de la mayoría de edad
  • Los pródigos o declarados incapaces para administrar sus bienes.


Con la curatela se pretende completar la capacidad de las personas que hemos enunciado, de tal manera que, es necesaria la intervención del curador en los actos en que los menores o pródigos no puedan realizar por sí mismos atendiendo a lo dispuesto por la sentencia judicial de declaración de incapacidad.

La diferencia que lo distingue con la tutela es que el ámbito de aplicación es mucho más restringido. Es decir, no permite más que complementar la capacidad del curatelado en actuaciones concretas dictadas por la sentencia, o en su defecto, en los actos para los que el tutor necesita autorización judicial. Además no sirve para ejercer una vigilancia y cuidado general sobre el curatelado, ni complementar su capacidad en dichos actos concretos, algo que, por otro lado, sí permite perfectamente la naturaleza de la tutela.

Al igual que la tutela, se caracteriza por ser un cargo renunciable, pudiendo ser retribuido.

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