Gonzalo Pueyo Abogados de familia juez firmando

Las causas que dan lugar a la emancipación del menor

La emancipación supone una de las causas por las que se extingue la patria potestad que tienen los padres sobre los hijos. Esta emancipación permitirá al mayor de 16 años y menor de 18 disponer de su persona y de sus bienes como si fuera mayor de edad, con ciertas limitaciones. Generalmente, el alcance de la emancipación tiene lugar cuando la persona alcanza la mayoría de edad, pero también se da por otras causas:


  • Por el matrimonio del menor.
  • Por la concesión de los que ejerzan la patria potestad que recae sobre el menor. Para este caso es necesario que, el menor cumpla los 16 años, viviendo de forma independiente y esté conforme con la concesión de su emancipación. Se otorgará mediante escritura pública ante Notario, o ante el Juez encargado del Registro. Y tras su otorgamiento, no puede ser revocada.
  • Por la concesión judicial. Debe ser solicitada al Juez por el menor con más de 16 años de edad, teniendo que darse los siguientes casos:
  1. Quien ejerza la patria potestad contrae nupcias o convive maritalmente con una persona distinta del otro progenitor.
  2. Que sus padres vivieran separados.
  3. Cuando concurra alguna causa que entorpezca de manera grave el ejercicio de la patria potestad.
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