05/12/2016 por Gonzalo Pueyo Abogados de familia 0 Comentarios
La pensión de viudedad: Qué debes saber
Queremos aclarar el funcionamiento de la pensión de viudedad, sobre todo en los casos en los que el fallecido ha estado casado más de una vez, que es cuando más lleva a confusión este término.
La pensión de viudedad es una prestación económica otorgada a la persona que ha estado casada, o ha sido pareja de hecho, del fallecido o fallecido. Se trata de una pensión de caracter vitalicio que busca proteger a la persona viuda en sus necesidades económicas a partir de ese momento, y es compatible con otras pensiones como la de incapacidad, jubilación o rentas de trabajo.
Respecto al beneficiario pueden ser varias personas. Recibirá la pensión el cónyuge o pareja de hecho actual en el momento del fallecimiento, y, además, la persona con la que hubiese contraído matrimonio con anterioridad siempre y cuando cumpla algunos requisitos: El matrimonio anterior haya durado más de diez años, la separación se produjera en un periodo menor a diez años, o tengan algún hijo en común.
Sin embargo estos requisitos solo son válidos para divorcios anteriores a 2008. Desde ese momento solo podrán tener derecho de pensión de viudedad las ex parejas que hayan sufrido violencia de género o perciban pensión compensatoria. En cualquier caso, el cónyuge actual tendrá derecho a un mínimo del 40% de la pensión de viudedad, siendo ésta proporcional al tiempo de convivencia.
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