21/04/2017 por Gonzalo Pueyo Abogados de familia 0 Comentarios
Extinción de pensión alimenticia en hijos ¿Cuándo?
No es ninguna novedad que hoy en día los hijos dependen económicamente de los padres hasta edades más bien tardías, ya sea por falta de trabajo o porque siguen formándose. No obstante, también han aumentado los casos de hijos que ni estudian ni trabajan, alargando de manera costosa esa dependencia de sus progenitores. El problema se agrava cuando la relación entre ambos está condicionada por una pensión de alimentos, tras una separación o divorcio.
Con respecto a las dudas que genera la pensión alimenticia de los hijos, cabe señalar que, mientras que estos estén formándose académicamente, entran dentro de la cobertura de la pensión derivada de una sentencia de divorcio y a partir de una determinada edad o bien porque ya han terminado ese periodo formativo, las pensiones alimenticias ya no tienen causa en la separación sino en el régimen general del derecho de alimentos entre parientes.
Es decir, la jurisprudencia considera que a partir de determinado momento ya el hijo no puede seguir con esa pensión de alimentos, sino que tendrá que actuar como adulto frente a sus padres reclamando el régimen general de parientes.
No obstante, según señala El Tribunal Supremo en una reciente sentencia (21/09/2016) “…La ley no establece ningún límite de edad y, de ahí, que el casuismo a la hora de ofrecer respuestas sea amplio en nuestros tribunales, en atención a las circunstancias del caso y a las socioeconómicas del momento temporal en que se postulan los alimentos…”
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