Gonzalo Pueyo Abogados de familia tijeras con figuras

Diferencias entre las nulidades civiles y canónicas

Existen dos tipos de nulidades matrimoniales, la nulidad civil y la nulidad canónica. El objetivo de ambas es el mismo, aunque dependiendo de como hayan contraído matrimonio, las parejas tendrán que solicitar una o las dos para disolver la unidad matrimonial.


Las parejas que se hayan casado a través de la iglesia, normalmente, también lo hacen a través de lo civil, por lo tanto se verán en la necesidad de realizar la nulidad dos veces si quieren poner fin al enlace conyugal. En cambio, las parejas que sólo se hayan casado por lo civil y quieran anular su enlace no tendrán que preocuparse por solicitar la nulidad eclesiástica.


Las personas que buscan una nulidad, ya sea civil o canónica, quieren, no solo disolver la unidad matrimonial sino que quieren que aparentemente ese enlace nunca haya existido. Para ello es necesario cumplir algunos requisito, tanto en el ámbito civil como ante la iglesia. A continuación nombraremos algunas de las diferencias:


  • Las nulidades civiles son otorgadas por un juez o un tribunal, en caso de apelación, en cambio, las nulidades canónicas tienen que ser estudiadas y aprobadas por la iglesia católica.
  • La única forma de que alguien católico pueda volver a casarse por la iglesia es conseguir la nulidad canónica, mientras que la nulidad civil no es el único instrumento para volver a contraer matrimonio, ya que, existe el divorcio.
  • Una nulidad eclesiástica puede darse porque uno de los miembros de la pareja no está bautizado mientras que en la jurisdicción civil, el bautismo, no es en ningún caso motivo de nulidad.


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