Gonzalo Pueyo Abogados de familia padres discutiendo

Custodia compartida y pensión de alimentos

Una de las grandes preguntas que surge en un divorcios es: ¿La custodia compartida exime la obligación de la pensión alimenticia del menor? 


Entendemos que, si se da la circunstancia de un régimen de custodia compartida entre los progenitores, la pensión por alimentos designada deberá tener en cuenta esta condición, sin embargo, la regulación legal sobre este aspecto, recogida en el Código Civil, guarda silencio respecto al modo correcto de proceder en estos casos.

Ha sido la reciente Sentencia Primera del Tribunal Supremo del 11 de febrero de 2016, la que ha aclarado y establecido que el régimen de custodia compartida no exime a los progenitores de establecer una pensión de alimentos por los menores nacidos de la unión.

Este concepto ya era de entendimiento general en la práctica judicial, pero ahora, tras la Sentencia del Tribunal Supremo, ha quedado determinada con claridad. Aunque mucho queda todavía por matizar, ya que no se determina como afecta al importe de la pensión, un régimen de custodia compartida.

La Jurisprudencia, en la práctica judicial, ha ido dando diferentes opciones y respuestas a esta situación, pudiendo variar en función de los ingresos del progenitor o el poder económico del que disponga. En cualquier caso, tarde o temprano, deberá aparecer una regulación que determine con exactitud como se debe actuar en estos casos.

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