20/11/2017 por Gonzalo Pueyo Abogados de familia 0 Comentarios
Cómo inscribir el nacimiento de mi hijo/a en el Registro Civil
La inscripción de nacimiento se lleva a cabo en el Registro Civil y para dar fe del nacimiento, de la fecha, hora y lugar en que tuvieron lugar, identidad, sexo y, en su caso, de la filiación del inscrito.
El nacimiento produce efectos civiles desde que tiene lugar, pero para el pleno reconocimiento de los mismos es necesaria su inscripción en el Registro Civil.
Pueden solicitar/presentar la inscripción del nacimiento:
- La dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios.
- El personal médico o sanitario que haya atendido el parto, cuando éste haya tenido lugar fuera de establecimiento sanitario.
- Los progenitores. No obstante, en caso de renuncia al hijo en el momento del parto, la madre no tendrá esta obligación, que será asumida por la Entidad Pública correspondiente.
- El pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad presente en el lugar del alumbramiento al tiempo de producirse.
La comunicación desde el Centro Sanitarios envía al Registro Civil todos los documentos necesarios para practicar la inscripción de nacimiento por lo que no será necesario que los progenitores se desplacen al Registro Civil salvo que la documentación enviada contenga algún error, omisión o inexactitud que precise posterior subsanación.
Una vez practicada la inscripción, el Registro Civil enviará a los progenitores (preferentemente por vía electrónica) una certificación literal de nacimiento con la que podrán efectuar los trámites administrativos que precisen ante otras administraciones.
La tramitación de la solicitud desde los Centros Sanitarios tiene carácter gratuito, como todos los trámites del Registro Civil.
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