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Cómo entender las herencias en el extranjero

Las barreras entre países cada vez son más estrechas. El ámbito europeo ha permitido una gran movilidad en los sistemas fiscales y jurisdiccionales, en este caso nos referimos a los casos de las herencias.


Es normal que un mismo evento tenga distintas aplicaciones jurídicas en diferentes países. Por ejemplo, en el caso de que el causante se encontrase en España y ninguno de los herederos tuvieran la condición de residente fiscal en España, o situaciones similares.


Por ello tenemos que entender conceptos que ayudarán a comprender la alta complejidad tributaria en estas situaciones, siempre y cuando haya puntos de conexión con España:


  1. Obligaciones personales: El heredero deberá tributar por todos los bienes y derechos que reciba con independencia de dónde se encuentren.
  2. Obligación real: esta obligación opera cuando ni el causante ni el heredero tiene la condición de residente fiscal en España, debiendo tributarse únicamente por los bienes y derechos que fuesen titularidad del causante, y que se encuentre en España.


Además, deberá verificarse la residencia fiscal de los herederos puesto que son residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea, se les deberá otorgar el mismo tratamiento que a los residentes españoles.
En las relaciones con ciertos países como Francia, Suecia y Grecia, España mantiene firmes Convenios para evitar la doble imposición en materia del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, lo que añade otro componente adicional a la complejidad de este tipo de liquidaciones.

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